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La Iglesia Nueva Apostólica de la A a la Z

Aborto

La Iglesia Nueva Apostólica se entiende como defensora de la vida. El óvulo fecundado ya es una vida individual que goza del derecho de protección. La Iglesia Nueva Apostólica rechaza la interrupción del embarazo porque constituye una transgresión al quinto mandamiento. La culpa frente a Dios vinculada con ella puede ser muy diferente dependiendo de la situación de vida. Aunque existieren motivos humanamente comprensibles a favor de una interrupción del embarazo, debido al alcance de la decisión debe tener un peso especial la postura de la Iglesia.

Las madres o bien las parejas que han analizado los aspectos médicos, personales y teológicos, pueden contar con que la Iglesia respetará la decisión que tomaron bajo su responsabilidad personal a favor o en contra de una interrupción del embarazo y les brindará asistencia con imparcialidad.

 

Anticoncepción

La Iglesia dice “sí” a la vida. La planificación familiar es asunto de los cónyuges, pero la Iglesia rechaza los métodos y recursos para el control de los nacimientos cuyo efecto principal sea el de matar los óvulos ya fecundados. No debe impedirse que una vida que ya se esté formando, pueda seguir desarrollándose.  

 

Ayuno

La Iglesia Nueva Apostólica no conoce reglas sobre el ayuno en determinados días u ocasiones, por lo que sigue la tradición de la Reforma. Si un individuo ayuna o no, queda sujeto a sus consideraciones personales. La salvación y la bienaventuranza solo pueden ser alcanzadas por la gracia proveniente del mérito de Jesucristo.  

 

Actos de bendición

En el Servicio Divino tienen lugar los siguientes actos de bendición: Confirmación, Adopción en la Iglesia Nueva Apostólica, dispensación de la bendición de compromiso, de la bendición de casamiento y de la bendición para aniversarios de bodas. La ordenación y otros actos concernientes al ministerio espiritual también se realizan en el Servicio Divino.

 

Agresiones sexuales en la asistencia espiritual

Las agresiones sexuales en el ámbito de la asistencia espiritual –que incluyen el acoso y el abuso sexual por parte de asistentes espirituales y miembros de la Iglesia que cumplen determinadas funciones dentro de la misma– son delitos y serán condenados enérgicamente y, si se demuestra la sospecha, castigados de acuerdo con la ley interna de la Iglesia. Esos delitos pueden ocurrir con miembros femeninos y masculinos de todos los grupos de edad. Violan la personalidad y la dignidad del ser humano.

En cada una de las Iglesias regionales se han creado los llamados órganos de revisión y asesoramiento para investigar los casos sospechosos. De conformidad con su encargo, la Iglesia ofrece asistencia espiritual a las víctimas y los victimarios, y los remite a personas e instituciones calificadas.

 

Apóstol Mayor

El fundamento del ministerio de Apóstol Mayor es el encargo que confirió Jesús al instituir el servicio de Pedro. Jesús dijo a Simón Pedro: “Tú eres Pedro, y sobre esta roca edificaré mi iglesia; y las puertas del Hades no prevalecerán contra ella. Y a ti te daré las llaves del reino de los cielos; y todo lo que atares en la tierra será atado en los cielos; y todo lo que desatares en la tierra será desatado en los cielos” (Mateo 16:18-19).

El “servicio de Pedro” es el servicio fundamental encomendado por Jesucristo al Apóstol Pedro. Forma parte del servicio de Pedro la asistencia a quienes pertenecen a la Iglesia de Cristo, así como Jesús resucitado se lo ordenó a Pedro: “¡Apacienta mis corderos! ¡Apacienta mis ovejas!”.